Perrealismo: Artículo 123
@malditoperrito | 12.03.2019
Artículo 123. Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil. Se promoverán la creación de empleos y la organización social de trabajo, conforme a la ley. Queda prohibida la utilización del trabajo de los menores de quince años. La duración de la jornada máxima será de ocho horas.